Aborto en Sinaloa

¿El aborto es legal en Sinaloa?

Si, el aborto en Sinaloa es legal desde que se despenalizó la interrupción del embarazo dentro de las primeras 13 semanas de gestación en Marzo del 2022, convirtiendo a Sinaloa en el séptimo estado en despenalizar la interrupción del embarazo, el primero en despenalizar la interrupción del embarazo después de las 12 semanas de gestación.

Cualquier mujer puede interrumpir su embarazo de forma legal y segura en Sinaloa mientras tenga 12 semanas de gestación o menos.

Mejores clínicas de aborto en Sinaloa:

En está sección mencionaremos las mejores clínicas de aborto legal en Sinaloa:

Preguntas frecuentes sobre el aborto en Sinaloa:

El método de pastillas para abortar más efectivo consta de la combinación de dos medicamentos distintos: Mifepristona y Misoprostol. La Mifepristona es un medicamento regulado que solo puede ser conseguido por clínicas autorizadas.

Es importante acudir con médicos capacitados para realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo porque apesar de ser procedimientos muy seguros, no cualquier mujer puede optar por el método de pastillas para abortar.

En este sitio mencionamos clínicas donde puedes realizar los procedimientos de interrupción del embarazo de forma legal y segura con profesionales.

Las mejores clínicas de aborto en Sinaloa son:

El precio de un aborto en Sinaloa varia del procedimiento y las semanas de gestación. 

Precios de ILE por medicamentos en Sinaloa:

El precio  aproximado de un ILE por medicamentos en Sinaloa ronda entre los $2,500 pesos y los $4,000 pesos.

Precio de un ILE quirúrgico en Sinaloa:

El precio de un ILE quirúrgico en Sinaloa ronda entre los $4,000 pesos y los $10,000 pesos.
El precio depende de las semanas de gestación, puesto que entre menos semanas de gestación suele ser más económico.
También depende de el procedimiento (manual o mecánico) y el uso de sedación o anestesia.

El Código Penal del Estado de Sinaloa dice lo siguiente sobre el aborto (14 de Octubre del 2023):

CAPÍTULO VI
ABORTO
ARTÍCULO 154. Se entiende por delito de aborto, provocar la muerte del producto de la
concepción en cualquier momento del embarazo.
ARTÍCULO 155. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión, a la madre que
voluntariamente provoque su aborto o consienta en que otro la haga abortar.
ARTÍCULO 156. Al que hiciera abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de
prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con el consentimiento
de ella.
Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia
física o moral, se impondrán al autor de seis a ocho años de prisión.
ARTÍCULO 157. Si el aborto lo causa un médico, cirujano, enfermero, comadrón o partera,
además de las sanciones que le correspondan conforme el artículo anterior, se le
suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.
ARTÍCULO 158. No se aplicará sanción:
I. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro
de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen
de otro médico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la
demora y se cuente con el consentimiento de la madre;
II. Cuando el embarazo sea consecuencia de una violación; y
III. Cuando el aborto sea derivado de la imprudencia de la mujer
embarazada.
En todo caso, el médico, paramédico o comadrona que lo practique o participe deberá
notificarlo a la autoridad competente.

Fuente: Código Penal Para El Estado De Sinaloa.

Existen dos métodos: Por medicamentos o por aspiración uterin.

El método más efectivo de interrupción legal del embarazo con medicamentos consta de la toma de dos medicamentos distintos con 48 horas de diferencia.

El método por aspiración uterina es un procedimiento no invasivo que consta de una aspiración suave e intermitente dentro de la cavidad uterina. 

Ambos procedimientos deben ser realizados por personal médico capacitado. Se realizan con valoración médica previa.

Las siguientes son las contraindicaciones para un aborto con medicamentos con la combinación Mifepristona + Misoprostol:

  • Antecedentes de reacción alérgica a mifepristona o misoprostol
  • Sospecha o confirmación de embarazo ectópico
  • Porfiria hereditaria
  • Insuficiencia suprarrenal crónica

Precauciones para el procedimiento de Mifepristona y Misoprostol:

  • Dispositivo intrauterino (DIU) colocado
  • Problemas graves o inestables de salud, tales como trastornos hemorrágicos, cardiopatía y anemia grave, entre otros
  • Asma grave no controlada o terapia corticosteroidea a largo plazo

 

Es muy importante realizar valoración médica previa a la realización de un procedimiento de ILE con medicamentos y supervisión médica posterior.