Aborto en Baja California

¿El aborto es legal en Baja California?

Si, el aborto es legal en Baja California. El aborto se despenalizó en el Estado de Baja California en Octubre del 2021, convirtiendo a Baja California en el sexto estado en despenalizar la interrupción legal del embarazo en México.

El aborto es legal en Baja California durante las primeras 12 semanas de gestación, por lo que cualquier mujer puede interrumpir su embarazo de forma legal y segura mientras se encuentre en las primeras 12 semanas de su embarazo.

Mejores clínicas de aborto en Baja California:

Clínica Consmed Ginecología

Consmed Ginecología

Consmed Ginecología es una clínica de ginecología especializada en la interrupción legal del embarazo. Cuenta con más de 14 años de experiencia en procedimientos de interrupción legal del embarazo en México.

Preguntas frecuentes sobre el aborto en Baja California

El método de pastillas para abortar más efectivo consta de la combinación de dos medicamentos distintos: Mifepristona y Misoprostol. La Mifepristona es un medicamento regulado que solo puede ser conseguido por clínicas autorizadas.

Es importante acudir con médicos capacitados para realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo porque apesar de ser procedimientos muy seguros, no cualquier mujer puede optar por el método de pastillas para abortar.

En este sitio mencionamos clínicas donde puedes realizar los procedimientos de interrupción del embarazo de forma legal y segura con profesionales.

Las mejores clínicas de aborto en Baja California son: 

  • Consmed Ginecología Tijuana
  • Consmed Ginecología Baja California
  • Profem Tijuana

El precio de un aborto en Baja California varia del procedimiento y las semanas de gestación. 

En Consmed Ginecología los precios varían de $4,000 pesos a $10,000 pesos.

 

El código penal del estado de Aguascalientes dice lo siguiente:

ARTÍCULO 101.- Aborto doloso. El Aborto Doloso es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
Al responsable de Aborto Doloso se le aplicarán de 1 a 3 años de prisión y de 40 a 80 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando se realice por la mujer embarazada o por otra persona con el consentimiento de la mujer embarazada, tomando en cuenta para ello las reglas de la autoría, participación y complicidad.
Cuando falte tal consentimiento de la mujer embarazada, la prisión será de 3 a 6 años y de 70 a 120 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados; si mediare violencia física o moral sobre la mujer embarazada, se impondrán al responsable de 6 a 8 años de prisión y de 80 a 150 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Si la mujer embarazada consiente que otro realice el Aborto Doloso en su persona, se le aplicarán de 6 meses a 1 año de prisión y de 40 a 80 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. 

ARTÍCULO 102.- Suspensión en caso de aborto. Cuando el Aborto Doloso lo realice un médico, cirujano o partero, además de la punibilidad establecida en el Artículo anterior, se le suspenderá de 2 a 5 años en el ejercicio de su profesión u oficio.

ARTÍCULO 103.- Exclusión de aborto doloso. No se considerará Aborto Doloso, y por
ende no se aplicará pena o medida de seguridad alguna cuando de no
practicarse el aborto, la mujer embarazada corra grave peligro de muerte, a juicio
del médico que la asista y de otro a quien éste consulte, si ello fuere posible y la
demora en consultar no implique peligro.
Cuando el embarazo haya sido causado por hecho punible tipificado como
violación en cualquier etapa del procedimiento penal iniciado al efecto, a petición
de la víctima, la autoridad judicial podrá autorizar la realización del aborto, para
que sea practicado por personal médico especializado, sin que ello conlleve las
consecuencias jurídicas descritas en el presente capítulo.
ARTÍCULO 104.- Lesiones dolosas. Las Lesiones Dolosas consisten en alterar la salud
o provocar cualquier otro daño en el cuerpo humano, por utilización de cualquier
agente externo.

Existen dos métodos: Por medicamentos o por aspiración uterin.

El método más efectivo de interrupción legal del embarazo con medicamentos consta de la toma de dos medicamentos distintos con 48 horas de diferencia.

El método por aspiración uterina es un procedimiento no invasivo que consta de una aspiración suave e intermitente dentro de la cavidad uterina. 

Ambos procedimientos deben ser realizados por personal médico capacitado. Se realizan con valoración médica previa.

Las siguientes son las contraindicaciones para un aborto con medicamentos con la combinación Mifepristona + Misoprostol:

  • Antecedentes de reacción alérgica a mifepristona o misoprostol
  • Sospecha o confirmación de embarazo ectópico
  • Porfiria hereditaria
  • Insuficiencia suprarrenal crónica

Precauciones para el procedimiento de Mifepristona y Misoprostol:

  • Dispositivo intrauterino (DIU) colocado
  • Problemas graves o inestables de salud, tales como trastornos hemorrágicos, cardiopatía y anemia grave, entre otros
  • Asma grave no controlada o terapia corticosteroidea a largo plazo

 

Es muy importante realizar valoración médica previa a la realización de un procedimiento de ILE con medicamentos y supervisión médica posterior.