Aborto en Guerrero

¿El aborto es legal en Guerrero?

Si, el aborto en Guerrero es legal durante las primeras 12 semanas de gestación. En Mayo del 2022 el congreso del estado voto por despenalizar la interrupción del embarazo, por lo que se convirtió en uno de los primeros estados en la República Mexicana en despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo.

Cualquier mujer puede interrumpir su embarazo de forma legal y segura en el estado de Guerrero durante las primeras 12 semanas de gestación.

Mejores clínicas de aborto en Guerrero:

Las mejores clínicas de aborto legal en Guerrero:

Preguntas frecuentes sobre el aborto en Guerrero:

El método de pastillas para abortar más efectivo consta de la combinación de dos medicamentos distintos: Mifepristona y Misoprostol. La Mifepristona es un medicamento regulado que solo puede ser conseguido por clínicas autorizadas.

Es importante acudir con médicos capacitados para realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo porque apesar de ser procedimientos muy seguros, no cualquier mujer puede optar por el método de pastillas para abortar.

En este sitio mencionamos clínicas donde puedes realizar los procedimientos de interrupción del embarazo de forma legal y segura con profesionales.

Las mejores clínicas de aborto en Guerrero son:

El precio de un aborto depende de las semanas de gestación de la paciente y del procedimiento (por medicamentos o por aspiración uterina.

Precio del método por medicamentos en Guerrero:

El precio del método por medicamentos en Guerrero ronda entre los $2,000 pesos y los $4,000 pesos.

Precio del método por aspiraciómn uterina:

El precio del método por aspiración uterina ronda entre los $4,000 pesos y los $10,000 pesos dependiendo de las semanas de gestación, el uso de sedación o anestesia.

 

El código penal del Estado de Guerrero dice lo siguiente sobre el aborto (07 de Octubre del 2023):

ABORTO
116.- Comete el delito de aborto el que cause la muerte del producto de la
concepción en cualquier momento de la preñez.
117.- Al que hiciere abortar a una mujer con consentimiento de ésta, se le aplicará
prisión de uno a tres años. Cuando falte el consentimiento la prisión será de cuatro a
siete años y, si mediare violencia física o moral, de siete a nueve años; en estos dos
últimos casos se impondrán, además, de diez a cincuenta días multa.
118.- A la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar,
se le aplicará de uno a tres años de prisión.
119.- Tratándose de la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta
en que otro la haga abortar, el juez podrá aplicar hasta en una tercera parte la pena
prevista en el artículo anterior, cuando sea equitativo hacerlo, considerando lo dispuesto
en el artículo 56 y específicamente, en su caso, el estado de salud de la madre, su
instrucción y condiciones personales, las circunstancias en que se produjo la concepción,
el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y características del producto, el
consentimiento otorgado por el otro progenitor, cuando éste viva con la madre y cumpla
las obligaciones inherentes a la unión, y en general, todos los elementos conducentes a
resolver equitativamente el caso de que se trate.
120.- Si el aborto punible lo causare un médico o un auxiliar de éste, además de
las sanciones que le correspondan conforme al artículo 117, se le aplicará suspensión de
uno a cinco años en el ejercicio de su profesión.
121.- No es punible el aborto:
I.- Cuando sea causado por culpa de la mujer embarazada.
II.- Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una
inseminación artificial indebida, caso en el cual bastará la comprobación de los hechos
por parte del Ministerio Público para autorizar su práctica, y
III.- Cuando a juicio de dos médicos exista razón suficiente para suponer que
el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el
nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.

Fuente: Código penal del Estado de Guerrero.

Existen dos métodos: Por medicamentos o por aspiración uterin.

El método más efectivo de interrupción legal del embarazo con medicamentos consta de la toma de dos medicamentos distintos con 48 horas de diferencia.

El método por aspiración uterina es un procedimiento no invasivo que consta de una aspiración suave e intermitente dentro de la cavidad uterina. 

Ambos procedimientos deben ser realizados por personal médico capacitado. Se realizan con valoración médica previa.

Las siguientes son las contraindicaciones para un aborto con medicamentos con la combinación Mifepristona + Misoprostol:

  • Antecedentes de reacción alérgica a mifepristona o misoprostol
  • Sospecha o confirmación de embarazo ectópico
  • Porfiria hereditaria
  • Insuficiencia suprarrenal crónica

Precauciones para el procedimiento de Mifepristona y Misoprostol:

  • Dispositivo intrauterino (DIU) colocado
  • Problemas graves o inestables de salud, tales como trastornos hemorrágicos, cardiopatía y anemia grave, entre otros
  • Asma grave no controlada o terapia corticosteroidea a largo plazo

 

Es muy importante realizar valoración médica previa a la realización de un procedimiento de ILE con medicamentos y supervisión médica posterior.