Aborto en Puebla

¿El aborto es legal en Puebla

El aborto en Puebla sigue estándo tipificado en el código penal del estado de Puebla como delito, sin embargo, el día 6 de Septiembre del 2023 el aborto fue despenalizado a nivel federal, por lo que los jueces deben desechar los casos que les lleguen de aborto.

Por lo que el aborto en Puebla sigue estando tipificado como delito en el código penal estatal, sin embargo, ninguna mujer podría recibir una sentencia por interrumpir su embarazo.

Las instituciones públicas deben garantizar que exista personal que no se objete a realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo, sin embargo, debido a la incongruencia entre lo dicho en el código penal estatal y federal, podría haber complicaciones en obtener el servicio.

Clínicas de aborto en Puebla:

Conoce clínicas de aborto legal en Puebla:

Preguntas frecuentes sobre el aborto en Puebla

El método de pastillas para abortar más efectivo consta de la combinación de dos medicamentos distintos: Mifepristona y Misoprostol. La Mifepristona es un medicamento regulado que solo puede ser conseguido por clínicas autorizadas.

Es importante acudir con médicos capacitados para realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo porque apesar de ser procedimientos muy seguros, no cualquier mujer puede optar por el método de pastillas para abortar.

En esté sitio web podrás conocer a donde acudir para realizar el procedimiento de pastillas para abortar en Puebla de forma segura y legal

El aborto en Puebla tiene un precio de entre $3,000 pesos a $6,000 pesos aproximadamente.

El código penal del estado de Puebla dice lo siguiente:

SECCIÓN OCTAVA.- ABORTO
Artículo 339.- Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier
momento de la preñez.
Artículo 340.- Al que hiciere abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres
años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con
consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a
seis años, y si empleare violencia física o moral, se impondrán al delincuente de
seis a ocho años de prisión.
Artículo 341.- Si el aborto lo causare un médico, cirujano, o partera, además de las
sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá de
dos a cinco años en el ejercicio de su oficio o profesión.
Artículo 342.- Se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que
voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si
concurren las tres circunstancias siguientes:
I.- Que no tenga mala fama;
II.- Que haya logrado ocultar su embarazo;
III.- Que éste no sea fruto de matrimonio.

Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le impondrán de uno a
cinco años de prisión.
Artículo 343.- El aborto no es sancionable en los siguientes casos:
I.- Cuando sea causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada;
II.- Cuando el embarazo sea el resultado de una violación;
III.- Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de
muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico,
siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; y
IV.- Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que
previamente rendirán dos peritos médicos.

Existen dos métodos: Por medicamentos o por aspiración uterin.

El método más efectivo de interrupción legal del embarazo con medicamentos consta de la toma de dos medicamentos distintos con 48 horas de diferencia.

El método por aspiración uterina es un procedimiento no invasivo que consta de una aspiración suave e intermitente dentro de la cavidad uterina. 

Ambos procedimientos deben ser realizados por personal médico capacitado. Se realizan con valoración médica previa.

Si, desde que se legalizó la interrupción del embarazo en CDMX (2007) muchas pacientes viajan a CDMX para interrumpir su embarazo de forma legal y segura en clínicas acreditadas y con personal médico con experiencia.

Es normal todavía que pacientes viajen de Puebla a CDMX para interrumpir su embarazo debido a la cercanía.

 

Las siguientes son las contraindicaciones para un aborto con medicamentos con la combinación Mifepristona + Misoprostol:

  • Antecedentes de reacción alérgica a mifepristona o misoprostol
  • Sospecha o confirmación de embarazo ectópico
  • Porfiria hereditaria
  • Insuficiencia suprarrenal crónica

Precauciones para el procedimiento de Mifepristona y Misoprostol:

  • Dispositivo intrauterino (DIU) colocado
  • Problemas graves o inestables de salud, tales como trastornos hemorrágicos, cardiopatía y anemia grave, entre otros
  • Asma grave no controlada o terapia corticosteroidea a largo plazo

 

Es muy importante realizar valoración médica previa a la realización de un procedimiento de ILE con medicamentos y supervisión médica posterior.