Preguntas frecuentes sobre clínicas de aborto en Ciudad Juárez
¿Cuánto cuesta un aborto en Juárez?
El precio de un aborto legal en Juárez varía dependiendo del procedimiento y las semanas de gestación.
Precio de un aborto legal en Ciudad Juárez por medicamentos:
El precio del método por medicamentos en Consmed Ginecología es de $3,500 pesos.
Es el método por medicamentos más efectivo que existe.
Información del procedimiento de aborto con medicamentos.
Información de aborto en Chihuahua con Consmed Ginecología.
Precio de ILE por aspiración uterina en Ciudad Juárez:
El precio de un aborto por aspiración uterina varía entre los $4,000 pesos y los $10,000 pesos. El precio suele depender de las semanas de gestación, procedimiento (AMEU o mecánica) y el uso de sedación o análgesicos.
¿Cuánto dura un procedimiento de ILE con medicamentos?
El tiempo que tarda un aborto con medicamentos puede variar entre cada persona y depende del tipo de procedimiento, la dosis de medicamentos y la etapa del embarazo en la que se encuentre. En general, un aborto medicamentoso suele ocurrir en dos fases después de la administración de los fármacos.
El método más común de aborto con medicamentos implica dos medicamentos: mifepristona y misoprostol.
Mifepristona: Se toma inicialmente y generalmente actúa bloqueando la hormona progesterona, necesaria para mantener el embarazo. La mifepristona se toma en la clínica o en presencia del médico.
Misoprostol: Se toma típicamente en casa, entre 24 y 48 horas después de la mifepristona. Este medicamento provoca contracciones uterinas que expulsarán el contenido del útero. Puede provocar sangrado y cólicos, y el aborto generalmente ocurre en las horas o días siguientes a la toma de misoprostol.
El proceso puede durar desde unas pocas horas hasta varios días. El sangrado puede continuar por una o dos semanas, y los cólicos pueden persistir durante un tiempo similar.
Es esencial seguir las indicaciones del médico y programar un seguimiento después del procedimiento para asegurarse de que el aborto se haya completado correctamente y que no haya complicaciones.
Recuerda que la información proporcionada puede variar dependiendo de la situación específica de cada persona, por lo que siempre es fundamental consultar y seguir las indicaciones médicas pertinentes.
¿Qué es más efectivo el ILE con medicamentos o el procedimiento de aspiración uterina?
Ambos procedimientos son muy efectivos para la interrupción legal del embarazo y son considerados como procedimientos muy seguros, sin embargo, el procedimiento por aspiración uterina es el procedimiento más seguro, efectivo y rápido.
La efectividad del procedimiento por aspiración uterina es de 99.9% mientras que la efecctividad del procedimiento por medicamentos es de hasta el 96% (combinación Mifepristona y Misoprostol).
¿Dónde puedo acudir para realizar un procedimiento de interrupción legal del embarazo?
En Ciudad Juárez una de las mejores clínicas de aborto legal es Consmed Ginecología.
Consmed Ginecología tiene más de 14 años de experiencia realizando procedimiento de interrupción legal del embarazo en México.
Código Penal de Chihuahua sobre el aborto
El Código Penal Para el Estado De Chihuahua dice lo siguiente sobre el aborto (17 de Noviembre 2023)
CAPÍTULO V
ABORTO
Artículo 143.
Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.
A quien hiciere abortar a una mujer, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión, sea cual fuere el
medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella.Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años. Si mediare violencia física o moral se
impondrá de seis a ocho años de prisión.
Artículo 144.
Si el aborto lo causare un médico cirujano, comadrona o partero, enfermero o practicante, además de las
sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá por un tiempo igual al de la pena
de prisión impuesta en el ejercicio de su profesión u oficio.
Artículo 145.
Se impondrá de seis meses a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o
consienta en que otro la haga abortar. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya
consumado.
Artículo 146.
Se consideran como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto:
I. Cuando el embarazo sea resultado de una violación, siempre que se practique dentro de los
primeros noventa días de gestación o de una inseminación artificial a que se refiere el artículo 148
de este Código;
II. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su
salud a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto
fuere posible y no sea peligrosa la demora;
III. Que sea resultado de una conducta imprudencial de la mujer embarazada.